Como declararse insolvente ante una multa de porros

por | noviembre 10, 2022

Resumen Uncitral

The Clarkson Co., Ltd., como síndico de la quiebra, designado por el Tribunal Supremo de la Provincia de Terranova, de la propiedad de Newfoundland Refining Co., Ltd., y Provincial Refining Co., Ltd. v. John M. Shaheen, 1, 544 F.2d 624 (2d Cir. 1976)

The CLARKSON CO., LTD., como síndico de la quiebra, designado por el Tribunal Supremo de la provincia de Terranova, de la propiedad de Newfoundland Refining Co., Ltd., y ProvincialRefining Co., Ltd., apelados, contra John M. SHAHEEN y otros, apelantes.1

Esta demanda fue interpuesta por un síndico de quiebra canadiense para obtener los registros ubicados en las oficinas de Nueva York de las dos empresas canadienses en quiebra del síndico y en posesión de sus funcionarios, que son los apelantes aquí. El Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, Richard Owen, Juez, concedió al síndico una orden judicial preliminar que exigía a los apelantes la entrega de los registros y les prohibía desembolsar o secretar cualquier propiedad de la empresa que estuviera en sus manos o llegara a ellas. El presente recurso de apelación se basa en la concesión de dicha orden judicial. 28 U.S.C. § 1292(a)(1).

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El Tribunal determinó que los deudores tenían el ganado en cuestión en su cebadero en virtud de un acuerdo de alimentación personalizado. Como tal, el ganado se mantenía en comodato y no estaba sujeto al interés de seguridad del banco acreedor. Los demandados no deben ser impedidos equitativamente de hacer valer su interés de propiedad, y el acuerdo no era una venta en consignación como se establece en el Código de Iowa § 554.2326. El interés de seguridad del banco acreedor en el equipo especificado era anterior al interés de seguridad del banco demandado.

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El tribunal consideró que la notificación del acreedor sobre su derecho a rescindir una operación crediticia era efectiva en virtud de la TILA 15 U.S.C. § 1601-1662 y del Reglamento Z, 12 C.F.R. § 226.1-.1002, y activó el plazo de tres días para rescindir el contrato. La notificación de rescisión del deudor notificada casi dos años después no surtió efecto y la hipoteca del acreedor era válida.

El tribunal denegó la moción para modificar y enmendar la sentencia o para la exención de la misma. La moción del Acreedor fue extemporánea bajo la Regla 9023, y el Acreedor no cumplió con su carga de demostrar negligencia excusable bajo la Regla 9024. El importe de la indemnización por daños y perjuicios no violó la cláusula del debido proceso.

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A finales de los años 50 y principios de los 60, el Sr. Berkowitz se opuso abiertamente a las leyes y costumbres injustas imperantes, encarnadas por el comisario de seguridad pública “Bull” Connor. Aunque esto le convirtió en objetivo de los extremistas contrarios a los derechos civiles, al final contribuyó a cambiar la forma de gobierno de Birmingham, desbancando a Connor de su posición de control.

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Este caso plantea la cuestión de si un particular puede presentar una demanda ante un tribunal federal en nombre de los Estados Unidos contra un Estado (o agencia estatal) en virtud de la Ley de Reclamaciones Falsas, 31 U.S.C. § 3729-3733.

La Ley de Reclamaciones Falsas (FCA), promulgada originalmente en 1863, es la más utilizada de un puñado de leyes existentes que crean una forma de acción civil conocida como qui tam.1 En su versión modificada, la FCA impone responsabilidad civil a “cualquier persona” que, entre otras cosas, “presente o haga presentar a sabiendas a un funcionario o empleado del Gobierno de los Estados Unidos… una reclamación falsa o fraudulenta para su pago o aprobación”. 31 U.S.C. § 3729(a). El acusado es responsable de una indemnización triple y de una sanción civil de hasta 10.000 dólares por reclamación. Ibid. Una acción de la FCA puede iniciarse de dos maneras. En primer lugar, el propio Gobierno puede entablar una acción civil contra el presunto reclamante falso. §3730(a). En segundo lugar, como es relevante aquí, una persona privada (el “denunciante”) puede presentar una acción civil qui tam “para la persona y para el Gobierno de los Estados Unidos” contra el presunto reclamante falso, “en nombre del Gobierno”. §3730(b)(1).

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